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lunes, 29 de junio de 2015

Curiosidades sobre el Matrimonio Gay

lunes, 29 de junio de 2015
Logo de la Casa Blanca de los EEUU con motivo del día del Orgullo Gay
El matrimonio entre personas del mismo sexo poco a poco se está convirtiendo en una realidad en todo el mundo. En España es posible desde el año 2005 gracias a que el gobierno de por aquel entonces logró que se aprobara en el Parlamento como una de las medidas estrella y necesaria, pocos años antes de que la crisis comenzara, siendo el primer país tradicionalmente católico en hacerlo. Esta vez por referéndum y en otro país de similar tradición religiosa, Irlanda hizo lo propio hace no mucho. Pocos días antes del Día del Orgullo Gay, el en mundo no se habla de otra cosa gracias a que la Corte Suprema de los EEUU aprobó el matrimonio gay con aplicación a nivel federal. Esta decisión implica que la norma adquiere carácter de derecho básico constitucional, imponiéndose a los acuerdos previos que sobre esta materia se hubiesen aprobado por referéndum en cada uno de los Estados de la Unión.

Parece que es ya imparable la marcha hacía un escenario en donde tanto las parejas de un tipo como de otro, pueden formalizar su relación legalmente bajo la misma denominación de matrimonio. Esta norma ha ido adquiriendo un carácter inapelable y arrollador, provocando festejos en todo el mundo en cuanto surge alguna noticia sobre otro país que se suma al festival, logrando que se olviden otros problemas no menos graves. Los medios de comunicación hacen el habitual uso mediático de la circunstancia, a la que se suman profusamente la mayoría de los políticos, en una época en la que cada vez estos tienen menos capacidad para proponer medidas originales, o a poner sobre la mesa problemas cuya solución exige un esfuerzo que no se atreven a pedir. Esta noticia positiva por tanto, se transmite como un reguero de pólvora por los parlamentos de todos los países del mundo, hambrientos de medidas que les hagan parecer mejores frente a su electorado.



Una curiosidad sobre las que pocos reparan —tal vez por el temor a fijarse en detalles poco importantes que estropeen el ambiente de júbilo generalizado— es que la consideración de los derechos sobre «parejas» representa —salvo error— un precedente sin igual en la historia de la legislación, ya que hasta ahora los derechos eran exclusivamente referidos al individuo. Parece que hay ciertos aspectos —no sólo sobre el matrimonio gay sino sobre el propio y fundamental concepto de derecho— cuyo debate no ha sido lo suficientemente transmitido al resto de la sociedad. La defensa de la igualdad legal de las personas, se encamina a tener derechos y obligaciones iguales independientemente de cualquier aspecto sobre nuestra condición. Esto significa de forma inapelable que dos personas cualesquiera podrán establecer un acuerdo legal —familiar o de cualquier otro tipo— con cualquier otra. Las cuestiones son hasta qué punto la denominación de estos acuerdos es o no, un derecho fundamental y sobre todo, si cabe o no aplicarlo a colectivos, no sólo a individuos.

Sobre este asunto, otro de esos aspectos que al parecer se dan por asumidos y de los que nadie discute, es el de la aparente inutilidad de las uniones civiles. Esta figura legal surgió en los Países Bajos en 1998, precisamente para compensar la antigua situación en la que una persona no podía llegar a un acuerdo legal de pareja —casarse— con otra persona de su mismo sexo. Una vez se aprobó, parecía que el problema estaba resuelto. De hecho, no sólo fue utilizada por parejas homosexuales, sino que hasta un tercio de las uniones registradas eran heterosexuales. No había diferencia legal con el «matrimonio clásico». Esta situación concuerda con lo que recordamos —los que tenemos ya una cierta edad— de los años 80~90: el matrimonio era considerada una tradición carca y anticuada. Muchas parejas se «juntaban» e incluso tenían hijos, haciendo uso del matrimonio legal posteriormente, simplemente para obtener los beneficios que el estado proporciona a las familias. Alguien seguramente hubiera podido preguntarse si no era esta la fórmula correcta que debería haber existido siempre para todas las uniones en cuanto a su reconocimiento en textos legales, huyendo de denominaciones con reminiscencias de ámbitos culturales que le son ajenos. Hay que hacer hincapié sobre lo verdaderamente revolucionaria que hubiera sido esta medida, que implicaba que el matrimonio clásico de reminiscencias religiosas desaparecía nombrado como tal en las leyes, quedando simplemente una forma legal genérica aplicable a cualquier caso. El resto de aspectos hubieran quedado como costumbres sociales a la que cada uno se adhería o no, en función de sus preferencias.

No fue este el debate que hubo. Algunos grupos defensores de los derechos humanos alertaron a la sociedad de que al parecer, la solución adoptada inicialmente no era el camino correcto. La coexistencia en textos legales de «uniones civiles» con la de «matrimonios» está claro que es redundante y creaba una diferenciación, definida según estos grupos como «instituciones apartheid» —algo así como matrimonios «de primera» frente a otros «sucedáneos»—. Ningún grupo de opinión influyente propuso lo comentado que hubiera consistido en eliminar en textos legales la denominación clásica de «matrimonio» —por su reminiscencia cultural anacrónica— y llamarle a todo con la fórmula neutra «unión civil». En lugar de esto había que sustituir el significado pero dejando la denominación. De esta forma, «matrimonio» es la única manera legal de llamar a las uniones familiares, chocando con todo el legado cultural y religioso anterior en la que el matrimonio era una unión entre dos personas de distinto sexo. Llegados aquí, tal vez sería conveniente un pequeño resumen de lo que se ha dejado atrás.

Breve historia del matrimonio en la especie humana

Salvo alguna tribu perdida en la Selva del Amazonas, desde Asia hasta las civilizaciones precolombinas, pasando por África y Europa, el matrimonio ha existido en la practica totalidad de culturas desde tiempos inmemoriales. Como era habitual en las sociedades primitivas, la religión y el misticismo ocupaban una buena parte y justificación de sus costumbres y rituales. Es conocido también que la antigüedad de las relaciones homosexuales es tan vieja como la propia especie humana. Sin embargo, el matrimonio como institución religiosa sagrada y como unión de un hombre y una mujer, ha sido siempre la práctica habitual. No se tiene constancia de que haya existido previamente el «matrimonio gay». Lo más parecido sea tal vez un ritual de la edad media llamado «boda de semejanza», oficiado por la Iglesia Cristiana a las parejas homosexuales. Sin embargo, aunque la Iglesia reconocía y cuidaba de estas relaciones, no las consideraba matrimonio sino un «vinculo de hermandad».

¿Cuales han sido los motivos de esa diferenciación que lleva arrastrando la civilización humana desde el principio de los tiempos? El avispado lector se habrá dado cuenta de un pequeño detalle objetivo que apenas se ha mencionado brevemente hasta ahora en el artículo: la descendencia. Una hipótesis plausible del por qué de esta diferenciación ancestral e incluso del carácter sagrado de las uniones heterosexuales, es que de todas las formas de expresión sexual que existían y se realizaban habitualmente, sólo una de ellas era capaz de alcanzar la reproducción humana. En aquellos pretéritos tiempos de gran mortalidad infantil, la descendencia ocupaba una de las mayores preocupaciones de los grupos sociales. Probablemente por este hecho inevitable de nuestra propia naturaleza, unas uniones tenían un significado y valor social diferente al de otras, independientemente de la valoración que se tuviera de los individuos que la formaban y del seno cultural en el que se produjera.

Siempre es bueno superar viejos prejuicios. Aunque en este caso parece que ha existido una lucha entre dos bandos diferenciados con posturas antagónicas, en los que el resto de la sociedad acepta los postulados de los que ofrecen una mejor imagen social. Por un lado la Iglesia que no estaba dispuesta a hacer desaparecer el término matrimonio de la Ley, y por el otro, los cada vez más influyentes colectivos gay que deseaban tener reconocidas legalmente las uniones de pareja, en igualdad de condiciones. Es obvio que la igualdad de estos últimos para acceder a los beneficios que las uniones familiares obtienen del estado, así como el reconocimiento social eran innegables, pero ¿se han puesto sobre la mesa todas las opciones? ¿han intervenido otro tipo de intereses o grupos antirreligiosos —por ejemplo, los cientificistas— en las negociaciones? ¿han aceptado realmente de buen grado y conscientemente la sociedad las decisiones políticas? ¿se ha evolucionado socialmente o en realidad se ha sucumbido al populismo de los políticos o a intereses de grupos de opinión influyentes? ¿tiene algo que ver el problema de un país como EEUU con el de Holanda, o España? Actualmente se continúa confundiendo el reconocimiento legal de los derechos de los individuos homosexuales con las denominaciones de uniones que como se ha visto, son diferentes objetivamente. Incluso se dan como prueba las bodas de semejanza medievales, sin reparar que ni siquiera en ese caso eran consideradas matrimonio, sin que este hecho implique un menosprecio de una Iglesia que eso sí, mostraba una cara mucho más amable y sensata que la actual.

Pero ¿que es toda esta fría lógica comparada con el amor? El amor al final, como todos sabemos, es el que mueve el Mundo... ¿no?


viernes, 4 de diciembre de 2009

En defensa de los derechos fundamentales… ¡solo en internet!

viernes, 4 de diciembre de 2009

Me entero por desde diversos blogs y redes sociales, de una iniciativa promovida parece ser por Enrique Dans en relación al último desaguisado cocinado en el parlamento Español sobre la Ley de Economía sostenible, en la que han colado como han podido el tema de las supuestas descargas ilegales. Hay también convocada una serie de manifestaciones para las 20h de hoy, hora para la que he programado la publicación de este artículo.

Desde hace un tiempo me he convencido de que si hay alguna causa por que merece la pena seguir, fuera del ámbito personal (familia, trabajo, amigos,…), es la de mejorar el sistema político. Mejorarlo para hacerlo más democrático. Tengo el convencimiento de que una vez el poder no se circunscriba a una serie de despachos de partidos, y dependa más de lo que se trata en un sistema democrático, de la voluntad del pueblo que es el que sufre las consecuencias, este problema que ha originado este movimiento de internautas, y otros muchos, tendrían el camino abierto a su solución desde su origen, es decir, no habría lugar a tener que organizar manifestaciones para defender los principios fundamentales. ¡Los derechos fundamentales!

Si el sistema permite que, por una simple decisión en un parlamento se vulneren estos derechos ¿que clase de sistema es entonces?

Pues bien, con todas las cosas que podrían reivindicarse, como se decía en el artículo anterior: la independencia de los poderes, el aumento de participación ciudadana, el control de los cargos públicos de representación… a este señor y su por lo visto, impresionante capacidad de convocatoria se le ha ocurrido defender los derechos ¡solo en internet!

Cada día hay cosas que entiendo menos. Aquí va el manifiesto, que no se sabe de quien es obra y con el que desde luego, no estoy de acuerdo en algunos matices, pero al menos es un paso. Para empezar el mayor problema que los internautas manifestaban con la aprobación de la nueva ley es que posibilitaba que se cortara el acceso a internet sin decisión judicial, pero no hay por ninguna parte petición alguna para que este poder, sea más independiente, por ejemplo, con lo que nos quedamos casi igual:

Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que...

  1. Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
  2. La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
  3. La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
  4. La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
  5. Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
  6. Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
  7. Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
  8. Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
  9. Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
  10. En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Actualización (7/12/2009): antes se dice, antes corren a proponer solución a la protesta. Se podría aplicar aquello de hecha la ley, hecha la trampa, solo que en este caso la trampa pretenden que la protagonicen los propios jueces, los mismos que interpretan la ley, elegidos y al servicio de los que la hacen. El ínclito Peces Barba, de nefasto recuerdo para las victimas del 11M, vuelve a la carga proponiendo una comisión especial de jueces para cerrar páginas web. Se ha dicho y se vuelve a repetir, mientras no haya independencia de los poderes del estado, y estos no tengan mecanismos para articular su servicio a la Sociedad Civil, todos estos manifiestos no sirven más que para marear al personal, para crear enfrentamiento, y hacernos perder el tiempo evitando ir a por el problema de origen.

viernes, 13 de enero de 2006

Estado de derecho, democracia y separación de poderes

viernes, 13 de enero de 2006
Foto: 2010 Una odisea del
periodismo
Se puede comprobar que determinados conceptos asumidos como de dominio común, al parecer no lo son tanto, así que esta publicación se dedica para que sean conocidos por los lectores de la bitácora en futuras referencias. Se han escogido aquellos fragmentos que se estima están más relacionados con los conceptos tratados en diversas publicaciones de la bitácora. Proceden de la Wikipedia, cuyos artículos son continuamente revisados y discutidos por gente diversa, como es sabido por el público, y también de un artículo de la UNESCO , obra de un político de reconocimiento internacional (nota: las palabras en negrita son mías):