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miércoles, 6 de agosto de 2008

Ministerio de Ambigüedad

miércoles, 6 de agosto de 2008
Las palabras con un significado ambiguo (con más de una interpretación posible) tienen el inconveniente de requerir más palabras o más información necesaria para poder conocer a cuál de esas posibles interpretaciones se refiere.

«Igualdad» es una de ellas. Decir que dos cosas son iguales casi resulta inútil, sino se acompaña de algo más. Siendo estrictos, no hay nada bajo el sol que sea igual ... perdón, exactamente igual entre si.

Por lo tanto, ya es necesario indicar hasta que punto se da esa igualdad mencionada, o también no vendría mal, aclarar en que facetas existe la misma. Sería interesante a su vez, discernir entre si esa igualdad es conveniente o no, y en que aspectos. De la misma forma, será necesario averiguar cómo se puede lograr dicha igualdad en caso de ser adecuada, o cómo evitarla en caso contrario:
Estos dos automóviles son iguales
¿En qué? ¿de rápidos? ¿de malos? ¿de color? ¿de tono de color? ¿de marca? ¿son cabriolet? ¿son deportivos?... es necesario e indispensable que se nos facilite más información, de lo contrario puede significar cualquier cosa. Lo normal es que dentro del contexto se pueda encontrar respuesta a todas estas consideraciones.
La nueva y joven ministra al frente del nuevo Ministerio de la Igualdad
El actual gobierno Español decidió incluir una nueva cartera ministerial sumándola a las existentes, poniendo además al frente de la misma a la persona más joven que jamás ha tenido nuestro país en dicho puesto, provocando una gran repercusión mediática. Dicho ministerio es el ya conocido Ministerio de Igualdad, cuyas competencias estaban antes incluidas dentro del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Hasta ahora, el campo de actuación de los planes de igualdad, se enmarcaban dentro de lo laboral y en lo social en aquellos casos en los que la Constitución no llegara:
Constitución Española de 1978, artículo 14.
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Aunque parece que queda bastante claro, sin embargo existen todavía casos en los que esta igualdad ante la ley, no se cumple. Lo racional es que en primera instancia, sea el Ministerio de Justicia a través de las fuerzas de seguridad los que hagan cumplir la ley citada. No obstante, puede ocurrir que la denuncia de alguna irregularidad sea más problemática que aceptar la discriminación, debiéndose intervenir para impedir estas injusticias estableciendo regulaciones o sistemas de denuncia distintos a los civiles o penales para facilitar este proceso y evitar esta situación. No debería ser necesario aclarar que esa intervención debe ser igualmente acorde a todo lo anterior en cuanto a la igualdad y legalidad, en los términos explicados.

Con la creación de este ministerio y la inclusión en el de las llamadas «políticas de igualdad», lo primero que logra el gobierno con esta medida es descontextualizar las funciones que antes competían al anterior ministerio. Solo por esto, no se ha ganado mucho de momento, más que añadir algo de confusión. Los posibles motivos para este cambio pueden ser:
  • Las anteriores funciones han de ser ampliadas en su ámbito de aplicación fuera del marco socio-laboral en donde se encontraban, continuando no obstante todavía sin definir con claridad.
  • Lograr una repercusión mediática tanto por la persona puesta al frente, como por el hecho en si mismo de la creación de esta cartera ministerial.
  • Poder intervenir en la sociedad a todos los niveles con un supuesto respaldo mediático y moral.
Para averiguar de que trata todo esto sobre la búsqueda de la igualdad por parte de este ministerio, sería necesario leer varios documentos algo extensos. Con el objeto de ahorrar esfuerzo al lector, tal vez el siguiente resumen le sea útil:

Para tener una idea de que tipo de actuaciones va a emprender el gobierno, ojeando el documento sobre la Ley de Igualdad (LEY ORGÁNICA 3/2007, de 22 de marzo) se puede leer el siguiente párrafo:
Artículo 11. Acciones positivas.
1. Con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad, los Poderes Públicos adoptarán medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres. Tales medidas, que serán aplicables en tanto subsistan dichas situaciones, habrán de ser razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso.
Queda claro que para lograr esa ansiada igualdad se aplicarán por ley medidas desiguales según el sexo. Lo que no queda muy claro es a que clase de igualdad se refiere, ya que según esto, ya no es la de ante la ley tal y como marca la Constitución. Más adelante se encuentra una orientación de las actuaciones previstas, a saber: aplicación de medidas de igualdad de número de hombres y mujeres en cargos administrativos, en las plantillas de empresas de más de 250 trabajadores o para confeccionar listas electorales, entre otras; sin especificar otro criterio de valoración además del sexo, y en todo caso el de los alcanzados en los respectivos convenios colectivos. Parece ser que los jueces encuentran correcta la exigencia de la «paridad» hombre/mujer en la confección de listas electorales. En este caso, mientras los que hagan las listas sean exclusivamente los partidos y no sus genuinos responsables, los ciudadanos, no importa mucho una cosa que otra.

Para profundizar aún más en los motivos y en el espíritu de estas medidas y acciones ya especificadas y las futuras que puedan venir, se puede probar con el Plan Estratégico de igualdad de Oportunidades (2008~2011), en donde claramente se puede leer:
PRINCIPIOS INSPIRADORES
(..)
Igualdad: La igualdad debe ser considerada como un valor en sí mismo. Las mujeres constituyen, al menos, el 50% de la población. No se trata, por tanto, de un colectivo. Ninguna sociedad puede permitirse el lujo de prescindir de la mitad de su potencial intelectual y humano. Desde esta perspectiva, lo importante no es sólo reparar situaciones de discriminación, sino recuperar el valor de la incorporación de las mujeres en paridad para el crecimiento económico y la modernización social.
Según esto, no se trata de aprovechar el capital humano de la mejor forma, sino de que obligatoriamente al menos la mitad de ese capital humano tiene que ser el proporcionado por personas de sexo femenino. Si ese capital humano es desempeñado mejor por personas mayoritariamente de un solo sexo, no interesa, y si son hombres, menos. Muy «igualitario», si señor, pero no se sabe en que. Se asume sin justificar debidamente la igualdad aritmética hombre/mujer en la sociedad como la mejor forma de aprovechar el capital humano, cuando la lógica dice que esto es más una traba que otra cosa, y que sería la igualdad de oportunidad sin distinción de sexo y en función principalmente de su valía intrínseca como ser humano, lo que se habría de buscar. Se descarta esta búsqueda y se aplica el rasero burdo del 50%, desechando igualmente que se pueda valorar a las personas como tales y por su capacidad y no por el sexo, justo lo contrario de lo que se deseaba, con lo que las políticas de elegir «a dedo» van a seguir existiendo exactamente igual que antes, puede que más.

Se sustituye además la tradicional y caduca obligación doméstica prácticamente superada al fin en cuanto a deber femenino, y se cambia por la pretensión de imponer un obligado modelo social y familiar en el que los dos componentes necesariamente han de trabajar fuera de casa. En este sentido, otra cosa preocupante es cuando se manifiesta en concreto lo siguiente:
Ninguna sociedad puede permitirse el lujo de prescindir de la mitad de su potencial intelectual y humano (...) recuperar el valor de la incorporación de las mujeres en paridad
Por supuesto que, como se decía, las personas más cualificadas han de estar donde mejor desempeñen su valor, independientemente del sexo o cualquier otra condición, como igualmente pone en el artículo indicado de la Constitución. El problema de esta frase es lo que da a entender de lo que es «prescindir», pareciendo que se refiere a los trabajos domésticos. De esta forma se menosprecia y se descartan definitivamente las labores domésticas como la educación de los hijos, por ejemplo, como algo «sin valor», independientemente de quien la desempeñe. Continuando con el mismo documento un poco más adelante, se van aclarando las cosas:
PRINCIPIOS RECTORES
(...)
1. La redefinición del modelo de ciudadanía en concordancia con la igualdad de género, que entiende la igualdad más allá de la equiparación de lo femenino con lo masculino y considera lo femenino como riqueza (...) De ahí que lo masculino deba, ya, dejar de ser considerado como referencia universal y medida de la experiencia humana (...)
(...)
Por si quedaba alguna duda, uno de los objetivos finales es nada más y nada menos que redefinir todo el concepto de ciudadanía, lo que define a la persona en el ámbito político y social, algo que es realmente muy propio de un gobierno socialista. Y algo que evidencia la tremenda empanada mental de al menos, los redactores del documento en cuestión, es la última frase reseñada:
De ahí que lo masculino deba, ya, dejar de ser considerado como referencia universal y medida de la experiencia humana
Esta aseveración se supone que tiene su origen de ser en el convenio lingüístico de utilizar el género neutro como coincidente con el masculino (o viceversa), siendo el género femenino una excepción o incluso una distinción, cosa que coincidiría paradójicamente bastante con el deseo de considerar lo femenino (en referencia al sexo... o no) como sinónimo de riqueza.

Es decir, el sexo masculino dejó de ser hace tiempo todo eso que se afirma, si es que alguna vez lo fue en otro sito que no sea la calenturienta mente de algunas personas, que no se duda que las hay, empezando por los que elaboran semejantes informes. Confundirlo con el uso del género masculino en estos términos es sencillamente, no tener ni idea.

Dejando aparte la cuestión ideológica con la que se puede estar o no de acuerdo, es una lástima que intenten todo esto de forma un tanto artera y engañosa bajo la escusa de la igualdad de sexos y amparándose en la ambigüedad de algunas palabras, elevándolas a ministerios.

sábado, 30 de septiembre de 2006

La universidad acientífica

sábado, 30 de septiembre de 2006
Entre la documentación que se adjunta con la información relativa a la matricula para la Universidad Politécnica de Valencia, se encuentra un calendario promocional del Àrea de Promoció i Normalització Lingüistica de dicha universidad.

En este calendario se dan las instruciones necesarias para matricularse en la universidad con la preferencia de valenciano para recibir la docencia. A cambio de ello, se regalan una serie de obsequios diversos, que no dejan de ser curiosos por su peculiar relación con la lengua o el estudio universitario, como un paraguas o un delantal.

Pero lo más interesante está, en los motivos utilizados para demostrar la conveniencia de escoger esta lengua como la preferente en la docencia, como se puede observar en el siguiente recorte:
 


 

Se lee (traducido):


Estudiar en valenciano te permitirá
  • continuar los estudios en la lengua propia del país
  • Por una parte, no dice de que lengua se trata ni de que país. Se puede deducir por el contexto, pero llama la atención la «timidez» a la hora de nombrar a la Lengua Valenciana. Lo del país es todavía más llamativo, ya que por esa frase podría referirse igualmente al castellano, que también es lengua propia, del país España, y del ... País Valenciano, denominación no oficial de la Comunidad Valenciana. Y si nos remitimos al contexto, la ayuda que nos dará este nos provoca terribles dudas, como en el caso del mapa de distribución de ... «la lengua»

     
  • adquirir los conocimientos propios de tu titulación
  • ¡¡Pues menos mal que además del valenciano, aprenderemos algo de la carrera!! (Falacia de Elusión de la Carga de la Prueba, se dan argumentos obvios que no aportan nada)


  • tener un buen dominio del lenguaje de tu especialidad
  • Se supone que se refiere a los términos de la especialidad, en valenciano, aunque no lo tengo muy claro. Tampoco estoy seguro de cuál es la utilidad de esto en la mayoría de carreras de la politécnica. Por ejemplo, saber términos informáticos en valenciano en lugar de en inglés. Parece como si pusieran como una ventaja el propio hecho en si mismo, lo que constituye una Falacia de Petición de Principio, es decir, dar como prueba lo mismo que se pretende demostrar (según este folleto de la UPV, el valenciano sería útil para conocer la especialidad en tu idioma, pero ¿y cuál es la ventaja de esto mismo?)
     
  • facilitarte el acceso al trabajo (tanto público como privado), en nuestro país, en las Islas Baleares, en Cataluña, en Andorra ...
  • Vale. Ahora ya sabemos que nuestro país no es Cataluña, ni las Islas Baleares. Nos vamos acercando. Según lo que pone, se supone que es el conocimiento del castellano y valenciano, lo que te facilita el acceso al trabajo tanto en lo público como en lo privado. Vamos a admitir que es correcto, aunque también lo es que el castellano es suficiente para el resto de España, y la práctica totalidad del continente americano, incluidos los EUA (un detallito importante son los puntos suspensivos después de Andorra, me pregunto cuál más puede haber).
     
  • trabajar y hacer relaciones en valenciano
  • Por fin se nombra la lengua, pero de nuevo nos encontramos con la Falacia de Petición de Principio. Se ofrece como argumento, lo mismo que se desea demostrar. Pero en este caso hay algo más. Como se decía, no se argumenta que beneficios tiene trabajar y hacer relaciones en valenciano, sobre todo si se pueden hacer también en castellano. ¿Menosprecio, quizás? Se podría haber indicado en su lugar «... hacer relaciones también en valenciano ...». Tal vez por este motivo especifican, en este caso, de qué lengua se trata.
     
  • observar la realidad desde otra perspectiva, y abrir la mente a un mundo más plural
  • No sabemos muy bien si es necesario aprender, hablarlo, o recibir la docencia en valenciano para ver la realidad desde otra perpectiva. Yo diria que no hace falta en absoluto y ademas, no tiene nada que ver (Generalización Precipitada). ¿Se pretende decir que los que no hablamos o usamos esta lengua normalmente, somos algo mas ... «cerrados»? ¿o que no es suficientemente plural, una lengua hablada en los cinco continentes, por más de 400 millones de personas, como lo es la Lengua Española, con decenas de variedades y academias lingüísticas independientes? ¿Es más plural ignorar en lo posible la variedad del valenciano y el derecho de este pueblo a hacer con su lengua lo que desee?. Me parece que no. En cualquier caso, no es una argumentación válida, y denota cierta falta de pluralidad.
     
  • poder obtener la capacitación docente en valenciano
  • Aquí me pierdo. ¿Para obtener dicha capacitación, es necesario haber cursado los estudios -sin especificar la especialidad y sin hacer referencia al nivel de dicción y escritura que se posean previamente- en valenciano? Muy «plural», si señor.
     
  • abrirte a nuevas perspectivas en el multilingüismo y el Espacio Europeo de Educación Superior.
  • Esto tiene toda la pinta de estar puesto de relleno.

    ¿Cuál es la realidad? La universidad citada; dentro de la responsabilidad que se tenga a la hora de vigilar el contenido adjunto a la documentación oficial de la matricula; no sabe dar motivos para promocionar la docencia en valenciano, sin caer en falacias, absurdos, obviedades y vacuidades, además de rozar en algunos casos de cierto menosprecio y desacreditación a culturas distintas, y dar preferencia a estandarizaciones no aceptadas plenamente -o aceptadas únicamente por oligarquías políticas- de lenguas heterogéneas, ignorando la existencia de variedades dentro de las mismas. Estos errores y criterios coincidentes con el nacionalismo catalán, denotan una influencia político-oligárquica que invalida a la universidad para realizar criterios científicos, más que en aquellos ámbitos del conocimiento alejados de toda sospecha de polémica e interéses ajenos.
     
    Para no igualarme, se propondrán a continuación los que deberían ser los motivos autenticos para proporcionar y promocionar esta lengua, en un país democrático:
    • Es la usada como lengua principal por varios milones de ciudadanos de la Comunidad Valenciana.
    • Estos ciudadanos tienen derecho, si así lo deseasen, a recibir la docencia en esta lengua.
    • Es una lengua latina de gran tradición, con literatura importante, traducida a varios idiomas, y con lazos de hermandad con las regiones de la provenza medieval u Occitania y de la Antigua Corona de Aragón, que conservan sus respectivas lenguas romances distintas del castellano.

    jueves, 26 de enero de 2006

    Las falacias del nacionalismo incívico (II): ¡Vive en churranés!

    jueves, 26 de enero de 2006

    VIVE EN CHURRANÉS. NO RENUNCIES A TUS DERECHOS

    Eslogan hipotético de una a su vez hipotética República de Churrania. Cuando crearon los políticos churraneses este eslogan lograron aunar en una sola frase gran cantidad de falacias. En primer lugar, se usan conceptos ambiguos, ya que no se sabe con certeza que es «vivir en churranés» (¿pasear, comer, follar en churranés, todo...?), ni tan siquiera si lo de en churranés es un derecho y si implica algún tipo de obligación para los ciudadanos (el cumplimiento de los derechos de los ciudadanos solo debe implicar responsabilidades a las instituciones públicas, no a los ciudadanos. Estos deben actuar en libertad dentro de los márgenes más amplios que marque la ley, en otro caso, se trataría de una ley de imposición, es decir, en el caso que nos ocupa, el imponer a un sector de la ciudadanía unas obligaciones para satisfacer unos supuestos derechos de otro sector, sin especificar la reciprocidad para con los primeros), por lo tanto la conclusión a la que se llega «no renuncies a tus derechos» no corresponde con la proposición inicial. Igualmente ocurre a la inversa, es decir, si defiendes tus derechos --> vive en churranés. Es también por tanto un falso dilema, o lo mejor de todo, un magnífico ejemplo de la de la ley del embudo. Además de todo lo señalado, lo más importante es la apelación al cumplimiento de los derechos, con la carga emotiva que esto implica.
    Esta ficción, que parece difícilmente superable en la realidad, lo ha sido por los políticos catalanes. A tenor de lo que se puede encontrar en la red, al parecer y haciendo gala de una impresionante habilidad, ¡¡han logrado que se lo subvencionen!!
    AntoniMir
    si existe el derecho a la sanidad o a una buena alimentación, está también el "derecho legítimo a vivir en catalán"
    Si bien este acto fue hace algo de tiempo, las consecuencias se comprueban claramente en la actualidad. Centrándonos en el documento, la equivalencia de esta afirmación del secretario de política lingüística de la Generalitat, Antoni Mir, con la del inicio del artículo es evidente, e igualmente impresionante el alarde de falacia de falsa analogía, además de todas las anteriores. ¿Tienen alguna relación los derechos básicos mencionados con la entelequia de «vivir en catalán»?.
    ...este idioma tiene que entrar felizmente en todos los ámbitos de la sociedad...
    ¿Como?, ¿Imponiendolo? ¿Y por qué?, ¿Se menciona que lo reclaman los ciudadanos? ¿Lo necesitan? ¿quien decide lo que necesitan los ciudadanos? ¿Y si no entra «felizmente» que ocurrirá?
    hay ámbitos en los que "no ha superado la despenalización"
    ¿El catalán, está penalizado? ...¿Que quiere decir esto, que hay mas castellano-hablantes?, entonces, ¿Quien tiene la culpa ahora de que el español o castellano lo tengan como lengua habitual un 50% (aprox.) de la población? ¿Cómo se va a despenalizar? ¿Acaso será cuando lo usen obligatoriamente el resto de ciudadanos que no lo utilizan en Cataluña?
    "el gran avance" en la difusión del catalán "se debe hacer en el sector privado", porque no es posible que actualmente aún haya comercios o multinacionales incapaces de dirigirse al consumidor en catalán
    Análisis:
    1. Asegurar la oferta en catalán en comercios y empresas privadas mediante la implantación de una ley que imponga la utilización de una lengua determinada en detrimento de otra igualmente entendida por los usuarios, es una intervención en el mercado, cosa que podría ser admisible racionalmente si no fuera por que está fuera del ámbito económico, legal y/o de seguridad. Por este motivo es una imposición lingüística que no se corresponde con un deseo de mejora en la calidad del servicio.
    2. Derecho de la ciudadanía. Derecho para unos y obligaciones para otros. Además, el empresario también es un ciudadano. Podría o debería, ofrecer sus servicios en inglés si considerara que tiene la demanda necesaria.
    3. Libertad de elección del ciudadano. Mientras se permita, facilite o incentive a las empresas el escoger cualquier idioma o idiomas, será el ciudadano el que valore este servicio como de valor añadido. El usuario (en términos comerciales) podrá ir a otra empresa si alguna de ellas no ofrece catalán, si lo considera necesario. En definitiva, es el ciudadano el único que puede (o debería) imponer a las empresas (y a los políticos) en función de sus necesidades (teoría básica del marketing o mercadotecnia, y del sentido común). Si existe la necesidad, en un plazo medio, surgirá el servicio y a continuación será imitado por la competencia, si es valorado por los usuarios.
    Actualización (02/04/2006): ver comentarios
    Hay muchas preguntas por responder y otros hechos más que dudosos. Como comparación, en la Constitución Española de 1978:
    Artículo 3
    1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
    2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
    3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
    Como se puede comprobar, la obligación existe, pero únicamente de conocer la lengua española oficial. El ciudadano es libre de usar la que quiera. En el caso de Cataluña, con esta normativa lingüística, no solo se impone el conocerla, sino que también se impone su uso. Es decir, de seguir esta tendencia podría ocurrir que los ciudadanos de la comunidad de Cataluña además del deber conocer las dos lenguas de esta comunidad, español y catalán, estarían obligados a usar este último.
    ¿Como se puede garantizar este cumplimiento de la imposición de un idioma? Muy sencillo, mediante denuncias anónimas en las Oficines de garanties lingüístiques para denuncias a nivel personal.
    ¿Y en los medios de comunicación? Igualmente fácil con el organismo censor presuntamente inconstitucional e ilegal en cualquier gobierno democrático, el Consell de l'Audiovisual de Catalunya, ya que se le prevé dotar de capacidades ejecutorias, saltándose por los aires la separación de poderes, y constituyéndose como un Tribunal de Honor:
    Artículo 26 Constitución Española de 1978: Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales.
    Más recursos sobre la imposición del catalán:
    Para poder hacer realidad el Vivir en Catalán para voluntarios, existe la página racocatalá. Pero no se quedan en esto, lo cual sería perfectamente admisible por supuesto, sino que tienen foros donde se pretende lograr que los valencianos «volvamos» a hablar nuestro idioma, según ellos, el catalán.
    ¿Y que hay del resto de los imaginados y deseados únicamente por los pancatalanistas Países Catalanes? No hay problema, se han creado dos páginas web valencianas para que nos faciliten poder disfrutar de lo que es Vivir en Catalán, digo, Valenciano.
    En la educación escolar tenemos Federació d'escoles valencianes. Ya en la página uno de la revista Sembra de esta organización, se puede leer lo siguiente:
    Som catalanoparlants alfabetitzats en valencià. La nostra catalanitat passa per la valencianització diària de les nostres comarques
    Traducción: «Somos catalanoparlantes alfabetizados en valenciano. Nuestra Catalanidad pasa por la valencianización diaria de nuestras comarcas». Por si quedaba alguna duda, ¡¡¿¿Como se puede valencianizar algo valenciano??!!
    Y como colofón, se puede observar un extraño fenómeno. Buscamos un enlace (es una lista de noticias, por lo que puede no estar en días posteriores) identificado como «voluntariat pel valencia» y recordamos el logotipo. A continuación vamos al Consorci per a la Normalització Lingüística de Cataluña, y buscamos el enlace «Programa voluntariat per la llengua» y fijémonos en el icono:

    Logo del programa de voluntariado en la comunidad Valenciana auspiciado por el FEV
    Logo del mismo programa pero OFICIAL de la «Generalitat de Catalunya»
    ¿Coincidencias? Se recuerda que uno de estos dos programas es oficial de la Generalitat de Catalunya, y el otro aparentemente es una organización independiente situada en la Comunidad Valenciana y para valencianos. Parece que no quieren esperar a resolver la duda de si el valenciano y el catalán son o no lo mismo, y desean asegurarse de que con el tiempo, lo sea. Es interesante fijarse de que en la dirección del enlace de la página de Cataluña, este programa de aprendizaje está pensado, al menos por lo que se puede leer, ¡¡para inmigrantes!!
    Y si esto no es suficiente, en el Informe de política lingüística 2004 de la Generalitat de Catalunya sobre inmigración, página 36:
    La participació de la societat civil, especialment a partir del programa Voluntaris per la llengua
    Así que el programa para aprender valenciano en valencia está relacionado o inspirado en el programa para aprender catalán para inmigrantes en Cataluña ¡¡acaso no dicen que hablamos la misma lengua!!!
    Como se suele decir por aquí, «tres cuartos de lo mismo» en valencianisme. En este sitio se puede observar otro fenómeno no tan evidente pero también interesante, el icono o el logo del sitio:
    logo de «valencianisme.com»
    Esta estrella recuerda a algo... en efecto:
    «Senyera» independentista catalana
    ¿Cuál es la realidad? El gobierno catalán pretende adoptar o lo está haciendo, medidas de intervención en el sector privado y en la sociedad en general, propias de gobiernos totalitarios, no destinadas a mejorar la calidad de la oferta o de los servicios, o a una demanda ciudadana, sino a una imposición lingüística. ¿Por qué? La respuesta puede constar de varios puntos, no excluyentes entre si:
    • Por propia definición, y dada la naturaleza de lo expuesto, se trata de Nacionalismo étnico excluyente y el deseo de desplazar a una lengua no considerada de la etnia.
    • Manifiesta una inseguridad en la capacidad de la lengua autóctona para mantenerse o la certeza de esta incapacidad para lograr el anterior propósito.
    Además de esto, y para pretender hacer realidad los inexistentes y carentes de rigor histórico, Países Catalanes como etnia diferenciada, existen organizaciones, presuntamente vinculadas con el gobierno catalán y por lo tanto, infiltradas, para efectuar acciones similares en la Comunidad Valenciana, con el agravante de imponer una lengua normalizada de forma muy diferente a la tradicional y propia lengua valenciana de esta comunidad, y lograr de forma artera y engañosa, disminuir las evidentes diferencias entre esta y la catalana, a tenor de los hechos mostrados.
    1ª parte de «Las falacias del nacionalismo incivíco: »